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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictamina que no procede el disfrute del permiso retribuido por nacimiento de hijo/a recogido en el convenio colectivo de EUSKO TRENBIDEAK – FERROCARRILES VASCOS

¿Qué sucede con el permiso retribuido por nacimiento de hijo/a que contemplan algunos convenios colectivos tras la supresión legal de dicho permiso retribuido y la equiparación del derecho de suspensión del contrato de trabajo de ambos progenitores?

¿Por qué no se firman más Convenios Sectoriales en Bizkaia?

Estos últimos días en CEBEK nos hemos hecho varias veces esta pregunta. Y eso que este año pasado 2018 ha sido un buen año en cuanto a actualización de condiciones laborales vía convenio sectorial. Es más, son fundamentalmente dos convenios, pero que afectan a un número importante de personas y empresas, los que no tienen sus condiciones actualizadas; Industria del metal y Oficinas y despachos. Entre los dos aglutinan a más de 6.000 empresas y 75.000 personas trabajadoras.

A vueltas con la Reforma Laboral y la Negociación Colectiva (Parte III). Renegociar el contrato.

Muchas veces me han preguntado cómo es una negociación sectorial desde la perspectiva empresarial y la verdad es que me cuesta mucho describirla. Suelo contestar, imagínate que vas a renegociar un contrato y de salida te dicen que no se fían de ti, que nada de lo que aparece en el mismo se puede cambiar y que sean cuales sean las necesidades de las empresas y sus circunstancias solo cabe mejorar ese contrato o, en el mejor de los casos, mantenerlo, con el añadido de que tu firma sin excepción afecta a todas las empresas del sector, exigiéndote también renunciar a aquellas herramientas que pueden facilitar a una empresa adecuar temporalmente el convenio a sus circunstancias.

A vueltas con la Reforma Laboral y la Negociación Colectiva (Parte I). “Una grieta en el casco del buque”

Leí hace ya un tiempo un artículo en el que se decía que “numerosas compañías” vascas se habían descolgado de la “línea oficial” de las organizaciones empresariales y habían admitido “cláusulas anti-reforma”. En ese momento decidí escribir unas líneas para el nuevo blog relacionadas con el estado de la negociación colectiva en relación con la última reforma laboral, pero luego el trabajo diario, como casi siempre, me llevó a que ello no fuera inmediato. Hace bien poco recordé aquella idea al leer otro artículo en la que la Secretaria General de LAB acusaba a Confebask por “bloquear” la negociación colectiva sectorial por pedir que los convenios colectivos “respeten la legalidad vigente”, solicitando del Gobierno Vasco que “presione” a dicha organización para que modifique su postura frente a la Ley, vamos, para que renuncie en nombre de todas las empresas vascas a la misma. La cuestión es que sigo teniendo aquella reflexión en la cabeza, si cabe ahora con más fuerza y de ahí que cumpla ahora, tarde pero como dice el refrán mejor que nunca.

Cultura arbitral: empresarios y trabajadores estamos en el mismo barco

Se podrá opinar desde una u otra visión sobre el descuelgue en última instancia impuesto por un tercero, discutir incluso sobre la constitucionalidad o no de la medida cuando tiene su origen en una Ley y no en la voluntad de las partes y es indiscutible que este aspecto concreto de la Reforma implica un cambio normativo sustancial con respecto a la normativa anterior en materia de negociación colectiva al que todos – empresarios/as, trabajadores/as y órganos u organismos de resolución de conflictos ya creados o los que se creen – nos tendremos que adaptar, primero adquiriendo esa cultura arbitral que nos falta, pero lo que en mi opinión no debiera producirse es la crítica de este instrumento atacando de forma generalizada a quiénes tienen que utilizarlo o pueden verse obligados a hacerlo en un futuro. Y mucho menos, sin contar lo que realmente supone.

El arbitraje obligatorio no es nuevo

Es curioso porque dicha posibilidad de arbitraje obligatorio, ahora tan denostada por los sindicatos, es nueva en la ley pero no en los convenios colectivos de Bizkaia. Hay convenios colectivos (como el de Oficinas y Despachos, o el Vinos y Licores, incluso muchos de los Convenios de Comercio en cuanto al descuelgue salarial y a través de la comisión paritaria) que ya incorporan el arbitraje obligatorio del PRECO fruto de acuerdos entre patronal y sindicatos (entre los que también se encuentra ELA), de forma que si no hay un acuerdo entre las partes, repito lo deseable, en ocasiones dará la razón al empresario y en otras a los trabajadores.

Descuelgue: si cuando existen motivos

Al hilo de mi reflexión anterior, uno de los aspectos más controvertidos de la Reforma Laboral es el Descuelgue del Convenio Colectivo. Pues bien, se utilizan continuamente las referencias al mismo para definirlo como una herramienta por la que cualquier empresario no tendrá que aplicar ya las condiciones, en especial salariales, fijadas en un convenio colectivo, pudiendo descolgarse unilateralmente  de forma que éste pasa a ser “papel mojado”.