El Tribunal Supremo, en sentencia de 24 de noviembre de 2015, notificada el pasado 12 de enero de 2016, confirma la tesis de CEBEK y deja sin efecto la doctrina del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en virtud de la cual comunicar el mantenimiento de las condiciones de trabajo contenidas en un Convenio Colectivo que ha perdido vigencia suponía una modificación sustancial de las condiciones.

Mantenimiento de condiciones de convenio decaído: El TS confirma la tesis de Cebek frente al TSJ País Vasco
19/01/2016
Categoría: Actualidad, Jurídico, Laboral, Negociación Colectiva
Autor: Cebek